Cancelaciones |
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Acto mediante el cual se cancela alguna limitación o gravamen
que existía sobre cierta propiedad o derecho registrado. |
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Liberar de alguna limitación o gravamen cierta propiedad
o derecho registrado. |
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Cualquier persona puede solicitar este servicio. Aplica
prelación registral. Los documentos que siendo registrables no se registren, no producirán efectos en perjuicio de terceros.
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Requisitos
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- Oficio,
preferentemente dirigido al encargado del Registro Público de la Propiedad, por duplicado (2 tantos original u original
y copia certificada) que contenga la inscripción o anotación que se va a cancelar, el nombre de las partes
involucradas, el motivo de la cancelación y su fecha. |
Procedimiento |
- Acudir
a la oficina registral correspondiente; - Presentar documentos
en oficialía de partes; - Cubrir los derechos respectivos. |
Costo |
$ 79.00, por cada antecedente, más anotaciones adicionales
(si aplica) |
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Adicional a las cuotas y tarifas anteriores, se cubrirá un 25% adicional, correspondiente al Impuesto para el Sostenimiento
de la Universidad de Sonora (10%) y las Contribuciones para el Consejo Estatal de Concertación para la Obra Pública (15%).
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El cobro por el servicio que se señala en la tabla es el valor actual que tiene el costo por el servicio en
la Oficina Registral, cabe mencionar que el valor de los servicios por los diferentes tramites que señala la presente
tabla presenta actualizaciones cada seis meses.
El horario de oficina es de 8:00 a 14:00hrs y de 16:00 a 18:00hrs, de Lunes a Viernes
Despacho Juridico Inmobiliario, Serdan 30 Pte; Colonia Centro, Hermosillo, Sonora, Mexico. Telefonos (662)
2-172586
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